Aclarando el panorama: Sobre áreas protegidas, reservas forestales y otros bosques de protección


Por: Ricardo Saucedo B.
El autor es experto en Derecho Ambiental


Las confusiones respecto a las diferentes categorías de protección existentes en nuestro país son una constante en el discurso político desde hace mucho tiempo, pero quedaron al descubierto de una forma superlativa con el conflicto del TIPNIS (Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Secure) y, por tanto, es necesario ir aclarando el panorama de las implicancias jurídicas asociadas a las diferentes categorías de protección que existen en Bolivia; categorías que limitan las condiciones de usos de ciertos espacios territoriales desde hace bastante tiempo, y que hoy salen a la luz producto de los conflictos socio ambientales que venimos viviendo.

Para empezar es necesario que se entienda el concepto genérico de Ordenamiento Territorial que rige en el país desde el año 1990, es decir hace más de 20 años atrás. El principio para entenderlo de manera sencilla es “cada cosa en el lugar debido y de la forma adecuada”.

Así como en nuestras casas existe un espacio para dormir, otro para recibir a las visitas, otro para ir al baño, otro donde podemos tener un negocio —como una venta o un taller— y, si es posible, dejamos otro sólo para distracción, — como nuestro jardín—, de la misma manera se realiza una distribución a nivel del país. Los usos de los espacios se definen de acuerdo a nuestras posibilidades, tratando de evitar que unos interfieran con otros —por ejemplo, nadie construye el baño en medio de la cocina.

En el país tenemos un vasto territorio que debe satisfacer las necesidades económicas, sociales y ambientales de todos los bolivianos. Para esto se definen las áreas urbanas para vivir, las agropecuarias para producir y las de protección para mantener la salud de los ecosistemas, que a su vez mantienen la capacidad productiva y hacen posible el desarrollo de las ciudades. Por ejemplo, la caña de azúcar que se consume en forma de azúcar refinada en las ciudades, se produce en el norte cruceño gracias a las condiciones ambientales que ahí existen, y estas condiciones ambientales están resguardadas y respaldadas por las grandes masas de bosques del Parque Nacional Amboró y la Reserva Forestal de ‘El Choré’.

Aquí es necesario que conozcamos que la legislación boliviana —al igual que la del resto del mundo— ofrece diferentes modalidades de protección en base a las necesidades de conservación o de uso sostenible de un determinado territorio.

¿Cómo funciona eso?, Bolivia ha definido por vía de su Constitución —la actual y las pasadas— que los recursos naturales son de dominio originario del Estado. Es decir que el Estado define en qué condiciones se aprovechan o se conservan, y mediante ley o decreto supremo se le asigna a determinados espacios, diferente categoría o niveles de protección. Esto en base a las normas generales establecidas en la Ley de Medio Ambiente y el Reglamento General de Áreas Protegidas.

Entonces, en nuestro país tenemos áreas protegidas que pueden ser clasificadas en 7 diferentes categorías, siendo la más flexible el “Área Natural de Manejo Integrado” (ANMI), como es el caso del ANMI San Matías con más de 2 millones de hectáreas, pero que no implica que estas sean intocables, sino que las actividades ganaderas, forestales o de aprovechamiento de fauna silvestre se las debe realizar en base a normas especiales que buscan mantener la sostenibilidad de los ecosistemas.



De hecho en el área protegida antes mencionada, hay estancias ganaderas, comunidades que aprovechan madera y caza selectiva de lagartos para la exportación de sus cueros.



Por otra parte, la categoría más rígida es la de “Parque Nacional”, cuyo objetivo es mantener intactos los ecosistemas que ahí se encuentran. Pero, como en casi todo el territorio del país existen pueblos indígenas y/o campesinos, y el hecho de crear un área protegida no implica la expulsión de estos de sus espacios ancestrales, es que dentro cada área
protegida existe una zonificación que determina cuales son las posibles intervenciones humanas que pueden darse; esto hasta que se llega al “área núcleo”, que es el corazón mismo del área protegida y que por su propia definición no permite alteración alguna. La destrucción de un área núcleo implica la desaparición de la razón de existir del área protegida, el momento en que se la destruye, ese espacio pierde su valor de conservación y por lo tanto su protección no tiene sentido.

Hasta el año 1998 las áreas protegidas eran creadas por el nivel central de gobierno y las prefecturas, pero a partir de la nueva CPE es el nivel central de gobierno y las municipalidades quienes las crean. Por esta razón encontraremos Áreas Protegidas Nacionales (17 en total) Áreas Protegidas Departamentales y las nuevas Áreas Protegidas Municipales. Las AP Nacionales han estado administradas desde 1998 por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), y cada prefectura (ahora gobernaciones) y municipio ha creado su propia institucionalidad.


Pero, en esta lógica de “cada cosa en el lugar debido y de la forma adecuada” también existen las “Reservas Forestales”. En Santa Cruz existen tres; El Choré, Guarayos y Bajo Paraguá. La razón de creación de estas reservas forestales fue económica, pues apuntan a mantener el potencial de producción forestal del país evitando que se conviertan en tierras agrícolas. Entonces las limitaciones de uso aquí están referidas únicamente a la actividad económica que debe primar (forestal), y como el aprovecha-miento forestal implica mantener el bosque en pie, a veces se confunde esto con “áreas protegidas”, como lo que sucede en El Choré, cuando los campesinos agricultores dicen: “porque quieren que nos salgamos nosotros, si los madereros no se salen”. La respuesta es porque es justo ahí donde ‘sólo debe haber madereros’.


Hoy en día hay autoridades que desconocen totalmente el régimen de áreas protegidas y bosques de protección que existe en el país desde hace más de 20 años y los grandes esfuerzos y recursos invertidos por el país para lograr niveles básicos de respeto a estos espacios protegidos. El Conflicto del TIPNIS ha dejado como ‘saldo positivo’ la revalorización de las áreas protegidas y le dice a la clase política que la población en general las reconoce como suyas y le importa su destino. Por tanto, en una lectura inteligente, el gobierno debería reconocer el valor constitucional que tienen como patrimonio natural de la nación ya que la existencia de las mismas hace posible el que podamos seguir produciendo alimento y abasteciendo ciudades.